| Información de Argentina: |
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01. Sistema Político en Argentina
02. Sistema Legal
03. Población y Modelos Sociales
04. Idioma Oficial
05. Religion Oficial
06. Educación, Escuelas y Universidades
07. Agricultura y Pesca
08. Recursos Energéticos y Minerales
09. Superficie Total de Argentina
10. Superficie destinada a Agricultura
11. Superficie destinada a Ganaderia
12. Superficie Montes Forestales y Bosques Naturales
13. Superficie NO AGROPECUARIA: montañas, ríos
14. Que productos agrículas EXPORTA Argentina?
15. El precio de la tierra en Argentina. Cuál es?
16. Marco Legal simplificado para Inversión Extranjera
17. Estructura Tributaria Argentina
1. SISTEMA POLITICO DE ARGENTINA
La Argentina está organizada constitucionalmente bajo la forma de una República Federal, sobre parámetros similares a los de Estados Unidos. El país se divide actualmente en 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sede del gobierno Federal y fundada en 1580.
El gobierno federal consiste en el Poder Ejecutivo, que es dirigido por el Presidente, el Poder Legislativo, constituído por dos cámaras: Senadores y Diputados, y el Poder Judicial.Los gobiernos provinciales generalmente están organizados de la misma manera.
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2. SISTEMA LEGAL DE ARGENTINA
El Poder Judicial en el nivel federal, está representado por las Cortes de Justicia, dirigidas por la Corte Suprema de Justicia. Los conceptos legales tienen su origen en la ley Romana y el Código Napoleónico.
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3. POBLACION
La población actual es de 34 millones de habitantes, de los cuales el 35 % vive en la ciudad de Buenos Aires y sus alrededores. Gran Córdoba y Gran Rosario son ciudades que sobrepasan el millón de habitantes. El promedio de aumento anual de la población se estima en un 15 por mil.
La población, de acuerdo al último censo de comienzos de 1991, mostró que un 29 % de la población era menor de 14 años de edad y un 8 % superaba la edad de 64 años.La expectativa promedio de vida estimada (1990) es de 67 años para los hombres y 74 años para las mujeres.
Aproximadamente un 49.5 % de la población es masculina, y 50.5 % es femenina. Distribución de la población en 1981: 17 % rural, 83 % urbana. El 70 % se concentra en la región Central y en el Area Metropolitana, y la más escasamente poblada es la Región Sur, conocida como la Patagonia.
La población es preponderantemente de ascendencia italiana y española, y en menor medida, de otras nacionalidades europeas. No existe ningún problema de color, racial o religioso.
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4. IDIOMA OFICIAL EN ARGENTINA
El Español es el idioma oficial de la Argentina. El Inglés es el idioma extranjero hablado por la mayoría de la gente de negocios.
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5. RELIGION OFICIAL EN ARGENTINA
La religión predominante y oficial es la Católica Apostólica Romana, pero la Constitución Nacional autoriza, y se da en la práctica, la libertad completa de culto. Existen muchas iglesias y templos de una amplia variedad de religiones y denominaciones.
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6. EDUCACION, ESCUELAS Y UNIVERSIDADES
Existe educación primaria libre obligatoria en todo el país, y las universidades y escuelas secundarias estatales proveen enseñanza avanzada sin costo alguno. El alfabetismo es consiguientemente alto (94 %), y la formación es comparable en habilidades y aptitudes con la mayoría de los países desarrollados, así como también son comparables los niveles profesionales y técnicos.Se permite el funcionamiento y la enseñanza en escuelas particulares.
Hay varias escuelas Inglesas, Alemanas y de otros orígenes extranjeros, secundarias y primarias, de alta reputación. Existen universidades privadas desde fines de los años '50.
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7. AGRICULTURA, PESCA Y SILVICULTURA
La agricultura, incluyendo agroindustrias, es la industria más importante de la Argentina, y consiste principalmente en la producción de cereales: semillas y oleaginosas, ganado bovino y ovino, producidos y criados en la extensa y fértil llanura aptas para ese fin.
También se produce otros productos que se comercializan internacionalmente, como azúcar, fruta, vino, té, tabaco, algodón.
Los bancos de peces de agua fría, que se encuentran a fácil alcance desde la costa Atlántica, son cada vez más explotados por la industria pesquera.
La mayoría de los bosques originales de madera dura han sido cortados, pero existen grandes áreas reforestadas para proveer material en bruto para las industrias de celulosa y papel, con importante participación de inversores extranjeros.
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8. RECURSOS ENERGETICOS Y MINERALES
Argentina es autosuficiente en petróleo, con reservas probadas por 14 años. Las reservas existentes de gas durarán a su vez hasta el año 2015. Hay potencialidad hidroeléctrica que está siendo utilizada cada vez más como fuente de energía y 2 plantas nucleares en operación.
Los depósitos de carbón y mineral de hierro son de grados relativamente pobres. Otros minerales y metales tales como el zinc, son explotados en la región Noroeste (NOA) y se continúa con proyectos avanzados y en explotación de minas de cobre y oro en las provincias de Catamarca, Salta, Chubut. Se explotan canteras de piedra para la industria del cemento.
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9. SUPERFICIE TOTAL
La República Argentina, tiene una superficie total de 3.760.000 Km2, de los cuales aproximadamente 2.800.000 Km2 corresponden al continente (una superficie equivalente a la que en conjunto ocupan Alemania, Bélgica, Bulgaria, España, Francia, Holanda, Portugal, Suiza, Dinamarca y Noruega) y el resto a las islas australes y a la Antártida.
Casi la mitad del territorio (47 %) tiene menos de 250 mts. de altura sobre el nivel del mar. La otra mitad, que se extiende al occidente, es una vasta región montañosa dominada por la cordillera de Los Andes y sus estribaciones. Dada la considerable longitud Norte-Sur de la Argentina (desde Jujuy a Tierra del Fuego hay 32° 43' de longitud), el país registra una notable variedad de climas y microclimas.
El recurso natural por excelencia es el suelo, cuya calidad influye decididamente sobre su utilización. El predominio agropecuario de los suelos argentinos determina la condición natural del país como productor eficiente de alimentos y materias primas agropecuarias de zona templada.
En particular, el manto de tierra negra de alrededor de un metro de profundidad que caracteriza a la región pampeana, configura un privilegio natural que la Argentina comparte, en esa extensión y fertilidad, con muy pocas regiones del mundo.
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10. SUPERFICIE DESTINADA A LA AGRICULTURA
Agricultura: 30 millones de hectáreas.11 % del total
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11. SUPERFICIE DESTINADA A LA GANADERIA
Dedicados a ganadería (parcialmente cultivables).
140 millones de hectáreas. 50 % del total
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12. SUPERFICIE EN MONTES FORESTALES Y BOSQUES NATURALES
Montes forestales y bosques naturales:
63 millones de hectáreas. 22 % del total
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13. SUPERFICIE NO AGROPECUARIA. MONTAÑA, RIOS
Alta montaña, desiertos, ríos, lagunas y superficies no agropecuarias. 46 millones de hectáreas.17 % del total.
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14. QUE PRODUCTOS AGRICOLAS EXPORTA ARGENTINA?
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1er. Exportador mundial de aceite de girasol.
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1er. Exportador mundial de harina de girasol.
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1er. Exportador mundial de aceite de soja.
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1er. Exportador mundial de peras.
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2do.Exportador mundial de maiz.
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2do.Exportador mundial de sorgo granifero.
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2do.Exportador mundial de harina de soja.
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2do.Exportador mundial de miel.
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4to.Exportador mundial de carne bovina.
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4to.Exportador mundial de algodón.
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4to.Exportador mundial de vinos.
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5to.Exportador mundial de trigo.
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5to.Exportador mundial de harina de trigo.
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15. EL PRECIO DE LA TIERRA
El precio de la tierra ha fluctuado durante los últimos 40 años debido a una compleja interacción de diversos factores tales como precios internacionales, tipos de cambio, nuevas tecnologías, etc. En general, hay una evolución ascendente muy interesante de los valores de la tierra, que supera a cualquier inversión en moneda fuerte.
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16. MARCO LEGAL SIMPLIFICADO INVERSION EXTRANJERA
Antecedentes Normativos. La Constitución Argentina establece el tipo de gobierno y los derechos y las garantías individuales para todos los habitantes del país. Tiene un enfoque considerablemente amplio y generoso, ya que garantiza a los extranjeros, de manera idéntica que a los ciudadanos argentinos, derechos de trabajar, hacer negocios, comprar, vender y ser titular de bienes, etc., y establece que la propiedad es inviolable y ningún habitante de la nación puede ser privado de ella sino por medio de una decisión judicial firme. Por lo tanto, las entidades privadas de carácter nacional o extranjero gozan de plenos derechos para establecer y poseer sociedades comerciales y participar en todo tipo de actividades productivas. Individuos y entidades privadas pueden libremente establecer, adquirir y disponer en estos emprendimientos productivos o comerciales.
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17. ESTRUCTURA TRIBUTARIA ARGENTINA
Impuestos Directos. A nivel nacional, existen en la Argentina dos impuestos que gravan la renta y el patrimonio: el impuesto a las ganancias (que se aplica tanto sobre las personas físicas como sobre las personas jurídicas) y el impuesto sobre los bienes personales, del que son sujeto exclusivamente las personas físicas.
Si bien las Provincias tienen potestad tributaria para la aplicación de impuestos a las ganancias, dicha facultad ha sido delegada en la Nación. Por lo tanto no existe un impuesto a las ganancias provincial, ni problemas de doble imposición interna. En cuanto a impuestos patrimoniales, las provincias (a través de los Municipios) aplican un impuesto inmobiliario, que por su escasa relevancia en cuanto a la carga tributaria, no será considerado para este análisis.
Impuesto a las Ganancias: Están sujetas a este impuesto las ganancias -distribuidas o reinvertidas- que obtengan las personas físicas y las empresas (explotaciones unipersonales, sucursales de empresas extranjeras y las que provengan de cualquier tipo de sociedades).
Las ganancias podrán ser de fuente argentina o de fuente extranjera según sea que provengan de bienes hechos o actos susceptibles de producir beneficios que se desarrollen o utilicen dentro de los límites del país (fuente argentina) o fuera de él (fuente extranjera).
Las personas físicas residentes y las empresas o sociedades constituidas en el país tributan por sus ganancias de fuente argentina y fuente extranjera, permitiéndose el cómputo, como pago a cuenta, de las sumas efectivamente abonadas por gravámenes análogos en el exterior.
Las personas físicas no residentes y las empresas o sociedades no constituidas en el país tributan exclusivamente por sus ganancias de fuente argentina.
Tasa del Impuesto. Al respecto debemos diferenciar dos situaciones:
1) Sujetos residentes o constituidos en el país:
a) Las ganancias que obtengan las personas físicas residentes por su trabajo en relación de dependencia o por el desarrollo de una actividad profesional en forma independiente, como así también las que obtengan por la participación en los resultados de sociedades de personas (SRL), sociedades de hecho y explotaciones unipersonales, quedan sujetas a una tasa progresiva que va del 11 % al 30 %.
b) Las ganancias que obtengan las sociedades de capital (S.A., Soc. en Comandita por Acciones) -sin distinción en cuanto a la composición del capital (local o extranjero)- y las sucursales o representaciones del exterior constituidas en el país, quedan sujetas a una tasa del 30 %. Por lo tanto, existe un tratamiento igualitario entre el capital argentino y el extranjero.
En ambos casos se considerará como ganancia neta sujeta a impuesto, la que surja de deducir todos los costos y gastos necesarios para mantener, obtener y conservar ganancias gravadas.
Cuando por el desarrollo de las actividades se obtenga un quebranto o pérdida, el mismo será trasladable al próximo ejercicio fiscal. Los quebrantos no utilizados prescriben a los cinco años.
Las personas físicas liquidan e ingresan el tributo por año calendario. Las personas jurídicas por año comercial, que puede o no coincidir con el año calendario.
2) Sujetos no residentes o no constituidos en el país: Beneficiarios del exterior.
Como mencionamos anteriormente los sujetos no residentes o no constituidos en el país tributan solamente por las ganancias que obtengan de fuente argentina.
Por la propia naturaleza de este tipo de sujetos -no residentes, no constituidos- quedan fuera de la órbita de las facultades que posee el organismo recaudador para exigirles la determinación e ingreso del impuesto. En este caso la Ley elige a un responsable sustituto que esté radicado en el país y que se hará cargo del ingreso del impuesto. Por lo tanto, cuando cualquiera de los sujetos señalados en el punto 1) pague beneficios a cualquier tipo de entidad del exterior -excepto que se trate de dividendos - quedan obligados a retener parte de las sumas que deban abonar a los mismos e ingresarlos al fisco.
Quien realice el pago deberá retener e ingresar:
a) El 18% en caso de transferencia de tecnología.
b) El 24% en el caso de cesión de derechos y licencias para la explotación de patentes de invención.
c) El 27% en los casos mencionados en a) y b) que no cumplimenten debidamente la Ley de transferencia de tecnología.
d) El 12% en el caso de intereses pagados por créditos de cualquier origen.
e) El 21% de las sumas abonadas por sueldos, honorarios y otras retribuciones a personas que actúan transitoriamente en el país.
En todos estos casos no se admitirá deducción alguna en concepto de gastos.
Dividendos. Cuando los sujetos señalados en el punto 1) b) distribuyan sus utilidades o paguen dividendos a sus accionistas, ya sea que los mismos sean personas físicas o jurídicas, residentes o no, constituidas en el país o en el exterior, dichos dividendos no están gravados.
Esto se justifica por el hecho de que el impuesto recae directamente en cabeza de la empresa y no sobre sus accionistas o socios. Por lo tanto, cuando se distribuyan utilidades, sin distinción del sujeto que las perciba ni su condición de residencia, inclusive si estas utilidades son giradas o percibidas en el exterior, no existe impedimento ni gravamen alguno sobre éstas, dado que las propias empresas ya han abonado el impuesto correspondiente.
Impuesto sobre los bienes personales. Este impuesto grava los patrimonios de las personas físicas domiciliadas en el país, por los bienes situados en el país y en el exterior. En el caso de personas físicas domiciliadas en el exterior, tributan exclusivamente por los bienes situados en el país.
Están comprendidos bajo la órbita de este impuesto los siguientes conceptos : inmuebles adquiridos o construidos, obras en construcción, automotores, aeronaves y yates, depósitos y créditos en moneda nacional y extranjera, objetos de arte, objetos personales y del hogar, títulos públicos, acciones y participaciones sociales, e inmuebles rurales.
La tasa del impuesto es del 0.5%, que se aplica sobre el total del costo computable de los conceptos señalados anteriormente por encima del mínimo de $ 102.000.
Este impuesto se liquida e ingresa por los bienes que estos sujetos posean al 31 de diciembre de cada año.
Impuestos Indirectos: En el caso de los impuestos indirectos o al consumo, es característico que estos se incorporen directamente al precio de los bienes o servicios, trasladándose entonces la carga tributaria al consumidor final (de allí su denominación de indirectos): el sujeto señalado por la Ley como responsable de ingresar el tributo no coincide con el sujeto en el que, en definitiva, recae la carga tributaria.
Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). El IVA constituye el tributo por excelencia aplicado al consumo en la Argentina. El objeto de este impuesto es muy amplio y generalizado. Grava las siguientes operaciones:
- La venta y locación de cosas muebles.
- La casi totalidad de locación de obras y prestaciones de servicios.
- Las importaciones definitivas.
Características principales de este impuesto:
a) Es plurifásico: esto quiere decir que se aplica en todas las etapas de producción y comercialización.
b) No es acumulativo: la carga tributaria que se va trasladando es perfectamente identificable en cada etapa, ya que el importe del impuesto va discriminado por separado del precio del bien o servicio que se trate (dentro de la factura o documento equivalente).
Esto permite, a cada uno de los sujetos que actúan en la cadena de producción y comercialización, trasladar en forma precisa la carga tributaria sin que esto produzca distorsiones en el precio de los bienes, a través de la compensación de sucesivos débitos y créditos. Por lo tanto, cuando arribamos al último eslabón de la cadena, el consumidor final, el impuesto que sobre el mismo recae, corresponde exactamente con la carga tributaria que se fue trasladando a lo largo de la cadena de producción y comercialización.
La utilización de impuestos al consumo como el IVA en procesos de integración regional -con imposición exclusiva en país de destino- son justamente los que aconseja toda la doctrina tributaria y los que se han adoptado en la mayor parte de los países pertenecientes a la Comunidad Europea.
c) La tasa general del impuesto es del 21%.
d) Financiamiento del IVA en inversiones: recientemente se ha instituido un régimen de financiamiento del Impuesto al Valor Agregado, tendiente a eliminar el costo financiero que significa la inmovilización de créditos fiscales en el mencionado impuesto, hecho frecuente en nuevos proyectos de inversión.
Seguridad Social
Contribuciones Patronales sobre la Seguridad Social Tanto el empleado como el empleador están obligados a realizar, respectivamente, aportes y contribuciones, en concepto de Seguridad social (jubilación, Obra social, etc), calculados sobre el sueldo bruto que percibe el empleado. El empleador es el responsable de retener e ingresar el aporte obligatorio que debe realizar el empleado.
Los conceptos sobre los cuales deben contribuir y aportar y sus respectivos porcentajes, (sin tener en cuenta las reducciones vigentes dispuestas por la aplicación del Pacto Federal) son las siguientes:
Relaciones Laborales
Condiciones laborales. Todas las personas empleadas en Argentina tiene garantido un sueldo o jornal mínimo establecido por el gobierno y también, así o no su sueldo fuera mas alto, a asignaciones familiares para dependientes inmediatos, y bonificaciones por casamiento, maternidad, educación, etc. Los sueldos y jornales mensuales promedio son equivalentes a aproximadamente U$S 450 para trabajadores calificados y U$S 350 para semicalificados y entre U$S 1,000 y U$S 5,000 para el personal profesional y administrativo, pudiendo ser mas altos, dependiendo de la experiencia y complejidad del trabajo. El sueldo mensual mínimo básico es de U$S 350.
Es obligatorio abonar un sueldo extra anual, pagadero una mitad al final de Junio y el saldo al fin del año de calendario.
Las vacaciones y feriados obligatorios son pagas.Todos los empleados que hayan trabajado al menos la mitad del total de días laborales del año calendario se acreditan unas vacaciones pagas que varían desde 14 a 35 días, dependiendo de la antigüedad de servicio. En la practica, se otorga un período proporcional de vacaciones cuando el empleado ha trabajado menos de seis meses.
Las igualdades de oportunidad. No existe discriminación racial, religiosa u otras practicas discriminatorias sociales en Argentina.
La salud y seguridad. Las regulaciones sobre seguridad y salud laboral generalmente son negociadas dentro de las condiciones de trabajo entre uniones y patrones.
En estos momentos se encuentra en etapa de implementación una nueva Ley de seguridad laboral con la creación de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo.
El personal extranjero.
Permiso de trabajo. Los empleados extranjeros, que lleguen a realizar un trabajo de largo plazo en Argentina así como cualquier familiar acompañante requieren de una visa temporaria, que otorgue un permiso de trabajo valedero por uno, dos o tres años. La visa temporaria puede renovarse por un período de un año; después del vencimiento de la visa original, el extranjero podrá solicitar una visa permanente. Las visas permanentes y temporarias se obtienen presentando los papeles de identidad, certificados de salud y buena conducta, visados por el Consulado Argentino en el país de origen, junto a la solicitud de pedido de visa a la autoridad Argentina de Inmigración
Los profesionales, los investigadores, los científicos y los técnicos extranjeros contratados por no mas de dos años sobre la base "solo por una vez", pueden eximirse del pago de cargas sociales, tanto de la parte patronal como la del empleado. Para ello se requiere que los individuos concernientes no tengan residencia permanente en Argentina y que estén cubiertos contra eventualidades de muerte e incapacidad en el país de nacionalidad o residencia permanente.
Restricciones sobre el empleo. En general no hay funciones particulares que deban ser desempeñadas por nacionales. Sin embargo, las razones para que un extranjero sea contratado en vez de un local deben ser expuestas por el empleador al tiempo que se solicita la visa temporaria.
Nota: Los porcentajes y cantidades en pesos indicadas pueden ser modificadas por efecto de cambio de las leyes pertinentes. Considere usted lo expuesto en un contexto de tener idea de como puede ser afectada o beneficiada su inversión.
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